30 Jul 2020 - De Sorhaya Salazar
Las deducciones personales son los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.
La Declaración anual se presenta cada año en el mes de abril para las personas físicas y sin duda uno de los temas que más impacto tienen en la misma es, ¿Cómo aplicar mis deducciones personales? ¿Me las considerarán todas? Esto por el conflicto de todos los años, ¿Tendré saldo a favor?
La mayoría de las personas físicas recurren a estas para minorar el impuesto a pagar en la anual, ¿Y porque no? Si es una práctica totalmente correcta.
Sin embargo, se debe tener en cuenta que no todas aquellas “deducciones personales” que se encuentran en la declaración anual, son propiamente deducciones personales, algunas son Estímulos y tienen una forma diferente de aplicarse en la declaración, así como monto tope.
Iniciemos con el fundamento de estas, el artículo 151 de la LISR menciona cada una de las deducciones personales, algunos montos y su correcta forma de aplicarlas para la anual. En este se observa que a diferencia de los que se encuentran en el apartado de “Deducciones personales” en la anual faltan, estos son los estímulos.
Las deducciones personales son las siguientes:
Primas por seguros de gastos médicos: Los contribuyentes que adquirieron un seguro de gastos médicos podrán deducir las primas.
Intereses por créditos hipotecarios
Impuestos locales por salarios
Donativos
Gastos funerarios
Educación
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